Las cesantías, aunque tienen como finalidad auxiliar al trabajador en periodos de desempleo, pueden retirarse también para la adquisición de vivienda y el pago de estudios, entre otros conceptos.
Para cada concepto hay que presentar los documentos que certifiquen dicha solicitud; mentir o falsificar documentos puede acarrear el despido, entre otras sanciones.
El Ministerio del Trabajo expidió el decreto 1562 de 2019, a través del cual regula lo concerniente al retiro de las cesantías las cuales fueron adicionadas al decreto 1072 de 2015.
Educación; Pagos de matrículas, créditos o seguros en educación superior del afiliado, sus hijos o cónyuge.
Vivienda; Compra, construcción, ampliación y mejora de vivienda, entre otros.
Atentamente
RICARDO ABRIL MARTÍNEZ, gerente de Coovicombeima

